Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 8

7-3

En vigor desde 28 jun 2008
La tasa se devenga en el momento que se autoriza la utilización del espacio correspondiente, pero el pago de la cuota se puede diferir al momento de la utilización efectiva.

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DOGC-f-2008-90017#art-8-29

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