Título TÍTULO XXVII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 27
2-3
En vigor desde 14 mar 2015
1. Están exentos del pago de la tasa para la inscripción a las pruebas de acceso a la universidad en las distintas modalidades los siguientes colectivos:
a) Los estudiantes beneficiarios de una beca al estudio con cargo a los presupuestos generales del Estado.
b) Los miembros de familias numerosas y monoparentales de categoría especial.
c) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
d) Las víctimas de actos terroristas, sus cónyuges y sus hijos.
e) Las víctimas de violencia de género y sus hijos dependientes.
f) Los estudiantes de 65 años o más.
2. Se establece una bonificación del 50% del importe de la tasa a las personas miembros de familias numerosas y monoparentales de categoría general.
3. Las justificaciones documentales para acreditar alguna de estas circunstancias son las mismas que las establecidas para estos colectivos por la disposición que anualmente fija los precios de los servicios académicos universitarios.
Se modifica por el .13 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3637 . Se añade por el de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-737 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-27-7