Título TÍTULO XXI›Capítulo CAPÍTULO XVIII
Art. 21
18-3
En vigor desde 28 jun 2008
La tasa se devenga con la prestación de los servicios constitutivos del hecho imponible, pero se puede exigir el pago por adelantado en el momento que las personas interesadas hacen la solicitud.
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-21-81