Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 2

Derogado

4-4

En vigor desde 14 mar 2015
El importe de la cuota para cada documento es de 5 euros. Se añade por el de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3637 .

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DOGC-f-2008-90017#art-2-17

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