Título TÍTULO XVII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 17
3-5
En vigor desde 31 mar 2017
La cuota de la tasa es:
1. Licencias de pesca recreativa.
Las duraciones de las licencias y los importes de las respectivas cuotas son:
1.1. Pesca recreativa.
a) Pesca recreativa general (con muerte o sin muerte indistintamente):
Duración 1 día: 3 euros.
Duración 2 días: 5 euros.
Duración 15 días: 11 euros.
Duración 1 año: 26 euros.
Duración 2 años: 42 euros.
Duración 3 años: 60 euros.
Duración 4 años: 71 euros.
b) Pesca recreativa exclusivamente sin muerte:
Duración 1 año: 19 euros.
Duración 2 años: 35 euros.
Duración 3 años: 51 euros.
Duración 4 años: 66 euros.
1.2. Pesca recreativa submarina:
Duración, 1 año: 14,75 euros.
1.3. Pesca recreativa colectiva:
Duración, 1 año, hasta 10 personas: 91,65 euros.
Duración, 1 año, más de 10 personas: 183,20 euros.
Duración, 2 años, hasta 10 personas: 183,20 euros.
Duración, 2 años, más de 10 personas: 366,25 euros.
Duración, 3 años, hasta 10 personas: 274,70 euros.
Duración, 3 años, más de 10 personas: 549,30 euros.
Duración, 4 años, hasta 10 personas: 366,25 euros.
Duración, 4 años, más de 10 personas: 732,35 euros.
2. Licencia de pesca profesional:
2.1. Coral, marisqueo: 22,10 euros.
2.2. Angula: 36,75 euros.
2.3. Gusanos de mar, esparavel: 7,40 euros.
3. Expedición y renovación de la tarjeta acreditativa de la licencia: 8,90 euros.
Se modifica el apartado 1.1 por el art. 120.2 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a1-32 Se modifica el apartado 1.1 por el art. 40 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3637 . Se añade el apartado 3 por el art. 77.2 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 . Se modifica por el de la Ley 7/2011, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2011-13896 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-17-16