Título TÍTULO XIIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 13

Derogado

4-4

En vigor desde 31 ene 2014
El importe de la cuota es: a) Tasa por la solicitud de descalificación voluntaria de vivienda de protección oficial o con protección oficial: 30 euros/vivienda. b) Tasa por el otorgamiento de la descalificación de vivienda de protección oficial o con protección oficial: 296 euros/vivienda. Se añade por el art. 68 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-13-17

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