Título TÍTULO XIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 13
Derogado4-3
En vigor desde 31 ene 2014
La tasa se acredita en el momento de presentación de la solicitud de descalificación voluntaria, y con el otorgamiento de la descalificación, en el caso de que se resuelva la solicitud de acuerdo con los intereses del solicitante.
Se añade por el art. 68 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-13-16