Art. Artículo único

En vigor desde 22 nov 2003
1. Este Decreto legislativo se dicta en cumplimiento del mandato establecido en la disposición final cuarta de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. 2. Se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, cuyo texto se publica a continuación.

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DOGC-f-2003-90016#articulo-unico

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