Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY MUNICIPAL Y DE RÉGIMEN LOCAL DE CATALUÑA›Título TÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 21 may 2003
1. El catalán es la lengua propia de la Administración local de Cataluña y, por lo tanto, tiene que ser la lengua de uso normal y general en sus actividades.
2. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a escoger la lengua oficial con la que se relacionan con los entes locales, y éstos tienen el deber correlativo de atenderles en la lengua escogida, en los términos establecidos por la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2003-90008#art-5