Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LA EMPRESA PÚBLICA CATALANACapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 1 ene 2022
Se autoriza al Gobierno para que, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente disposición final, elabore un nuevo texto refundido de la Ley del estatuto de la empresa pública catalana, en sustitución del texto refundido aprobado por el Decreto legislativo 2/2002, de 24 de diciembre. La autorización para la refundición incluye también la facultad de regularizar, aclarar y armonizar su contenido. Se modifica por el art 67.8 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-953 Se añade por el art. 105.3 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569

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DOGC-f-2002-90023#disposicion-final-cuarta

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