Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCOTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. 86

En vigor desde 1 ene 2026
Gozarán de una bonificación del 100 % de la cuota de expedición del carné internacional de alberguista-grupo, las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, formalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro, que tengan como objeto principal la actuación en el ámbito de la juventud o la acción comunitaria en el País Vasco. Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 7/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-1257

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eli/es-pv/dlg/2025/03/20/1#art-86

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