Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCOTítulo TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO V

Art. 151

En vigor desde 5 abr 2025
La cuantía de la tasa será: – Por la expedición de la licencia de pesca de superficie con cinco años de validez: 18,31 euros. – Por la expedición de la licencia de pesca submarina con un año de validez: 18,31 euros.
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eli/es-pv/dlg/2025/03/20/1#art-151

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