Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria octava

En vigor desde 26 mar 2023
El régimen de los suelos con reserva para vivienda sujeta a algún tipo de protección pública establecido en la presente ley será de aplicación a aquellos ámbitos de actuación urbanizadora respecto de los cuales, a la entrada en vigor de la Ley 1/2021, de 12 de febrero de Simplificación Urbanística y Medidas Administrativas, no se haya abierto período para la formulación de alternativas técnicas.

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DOCM-q-2023-90063#disposicion-transitoria-octava

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