Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 70

En vigor desde 4 mar 2023
1. La conservación de los bienes y derechos de dominio privado de la Administración de la Comunidad Autónoma compete al departamento competente en materia de patrimonio. 2. La conservación de los bienes y derechos de dominio privado de los organismos públicos compete a los mismos organismos que sean sus titulares.
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eli/es-ar/dlg/2023/02/22/1#art-70

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