Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Actos jurídicos documentados

Art. 49

En vigor desde 23 feb 2020
Se aplicará el tipo de gravamen del 2% a las escrituras públicas que documenten la formalización de préstamos o créditos hipotecarios cuando el sujeto pasivo sea el prestamista. Se modifica por la disposición final 1.2 de la Ley 1/2020, de 31 de enero. Ref. BOE-A-2020-2458

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eli/es-ex/dlg/2018/04/10/1#art-49

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