Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 5 ago 2026
La escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente: Base liquidable Hasta – Euros Cuota íntegra – Euros Resto base liquidable – Euros Tipo de gravamen – Porcentaje 0,00 0,00 12.450,00 7,75 12.450,00 964,88 7.750,00 9,75 20.200,00 1.720,50 4.000,00 16,00 24.200,00 2.360,50 11.000,00 17,50 35.200,00 4.285,50 24.800,00 21,00 60.000,00 9.493,50 20.200,00 23,50 80.200,00 14.240,50 19.000,00 24,00 99.200,00 18.800,50 21.000,00 24,50 120.200,00 23.945,50 en adelante 25,00 Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 2/2026, de 3 de agosto. Ref. BOE-A-2026-17839 Téngase en cuenta que esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2026, según establece la disposición final 7 de la citada Ley. Se modifica por el .1 del Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre. Ref. BOE-A-2023-21669 Téngase en cuenta que esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 2023, según establece la disposición final 3.1 del citado Decreto-ley.

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