Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 8
En vigor desde 7 ago 2015
Los espacios naturales protegidos de Aragón se clasificarán, en función de los bienes y valores a proteger, en las siguientes categorías:
a) Parques nacionales.
b) Parques naturales.
c) Reservas naturales.
d) Monumentos naturales.
e) Paisajes protegidos.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2015-90531#art-8