Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 52
DerogadoEn vigor desde 15 may 2015
1. El impuesto sobre depósitos en entidades de crédito es un impuesto aplicable a las entidades de crédito que operen en el territorio del Principado de Asturias.
2. Es un impuesto de carácter directo que, en los términos establecidos en este capítulo, gravará la tenencia de depósitos de clientes que comporten la obligación de restitución por parte de las entidades mencionadas en el artículo 55.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este precepto desde el 29 de abril de 2015 para las partes en el proceso y desde 15 de mayo de 2015 para los terceros, por providencia del TC de 12 de mayo de 2015, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 2464/2015. Ref. BOE-A-2015-5370 .
Tus anotaciones
Proeli/es-as/dlg/2014/07/23/1#art-52