Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 69
En vigor desde 19 sept 2013
La titularidad de la competencia para la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los impuestos propios de la Comunidad corresponde a la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de hacienda.
Tus anotaciones
ProBOCL-h-2013-90254#art-69