Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 23 abr 2011
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente Decreto Legislativo y al Texto Refundido que, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», se aprueba y, en particular, las siguientes: a) El Título Preliminar de la Compilación del Derecho Civil de Aragón. b) La Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte. c) La Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas. d) La Ley 2/2003, de 12 de febrero, de régimen económico matrimonial y viudedad. e) La Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Derecho de la persona. f) La Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres. g) La Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial.

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BOA-d-2011-90007#disposicion-derogatoria-unica

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