Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2ª. Modalidad «Actos Jurídicos Documentados»›§ Subsección 1ª. Tipos de gravamen
Art. 31
En vigor desde 26 oct 2010
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, la cuota tributaria se obtendrá aplicando sobre la base imponible los tipos de gravamen establecidos en los artículos siguientes.
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ProBOCM-m-2010-90068#art-31