Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1ª. Escala autonómica
Art. 1
En vigor desde 22 dic 2023
La escala autonómica en el impuesto sobre la renta de las personas físicas es la siguiente:
Base liquidable – Hasta euros Cuota íntegra – Euros Resto Base Liquidable – Hasta euros Tipo aplicable – Porcentaje 0 0 13.362,22 8,50 13.362,22 1.135,79 5.642,41 10,70 19.004,63 1.739,53 16.421,05 12,80 35.425,68 3.841,42 21.894,72 17,40 57.320,40 7.651,10 en adelante 20,50
Se modifica por el art. único. 1 de la Ley 13/2023, de 15 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-5610 Esta modificación será de aplicación a todos los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2023, según establece la disposición final única de la citada Ley. Se modifica por el art. único.2 de la Ley 8/2022, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-2023-7340 Esta modificación será de aplicación a todos los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2022, según establece la disposición final única de la citada Ley. Se modifica por el art. único de la Ley 2/2021, de 15 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2022-1192 Esta modificación será de aplicación a todos los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2022, según establece la disposición final única de la citada Ley. Se modifica por el art. único.2 de la Ley 6/2018, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-4451 Esta modificación será aplicable a todos los periodos impositivos que finalicen durante el año 2018, según establece la disposición final única.1 de la citada ley. Se modifica por el .1 de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1956 . Se modifica por el .1 de la Ley 6/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-3254 .
Tus anotaciones
ProBOCM-m-2010-90068#art-1