Libro Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección tercera. Eliminación de los residuos
Art. 36
En vigor desde 29 jul 2009
1. Los depósitos controlados deben cumplir los requisitos especificados por reglamento.
2. Los depósitos controlados de residuos especiales deben someterse a los requisitos especificados por su regulación particular.
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Proeli/es-ct/dlg/2009/07/21/1#art-36