Libro Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección tercera. Eliminación de los residuos
Art. 36
48 / 160En vigor desde 29 jul 2009
1. Los depósitos controlados deben cumplir los requisitos especificados por reglamento.
2. Los depósitos controlados de residuos especiales deben someterse a los requisitos especificados por su regulación particular.
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Proeli/es-ct/dlg/2009/07/21/1#art-36