Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CAJAS DE AHORROS DE CATALUÑACapítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 31 jul 2012
Las cajas de ahorro a que se refiere el artículo 69 tienen, en su caso, como órganos de gobierno la asamblea general y el consejo de administración, cuya composición, por razón de la variación de funciones, debe establecerse por reglamento. Se añade por el de la Ley 9/2012, de 25 de julio. Ref. BOE-A-2012-10716 .

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DOGC-f-2008-90015#disposicion-transitoria-segunda

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