Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CAJAS DE AHORROS DE CATALUÑACapítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final

En vigor desde 14 mar 2008
Se autoriza al Gobierno de la Generalidad para que dicte las disposiciones oportunas para el desarrollo de la presente Ley.

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DOGC-f-2008-90015#disposicion-final

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