Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 140
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En vigor desde 1 ene 2013
En virtud de la presente Ley y de acuerdo con lo señalado en el artículo 134.7 de la Constitución, los tipos tributarios y las cuotas fijas de la Tasa Fiscal sobre el Juego podrán ser modificados en las Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se añade por el art. 4.4 de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424 . Su anterior numeración era -6.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2005-90006#art-140-6