Título GRUPO 9›Capítulo T966
Art. 6
En vigor desde 1 ene 2013
Procederá la devolución de la tasa cuando el sujeto pasivo renuncie a la matricula con anterioridad a la finalización del cierre del plazo de matrícula.
Se añade por el .19 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1927
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-6-24