Título GRUPO 9›Capítulo T963
Art. 5
En vigor desde 26 jun 2021
1. Estarán exentos totalmente del pago de las cuotas los sujetos pasivos que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Ser miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente.
b) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.
c) Acreditar ser o haber sido víctima de violencia de género.
2. Gozarán de también de dicha exención total de la cuota, pero únicamente en la primera solicitud que se formalice para cada convocatoria en un mismo título, módulo o nivel de prueba de acceso, quienes acrediten poseer discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa.
3. Tendrán una bonificación del 75% en la cuota los siguientes sujetos pasivos:
a) Los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.
b) Los solicitantes que acrediten hallarse en situación de desempleo en el momento de devengo de la tasa.
Se modifica el apartado 3 por el art. 60.26 de la Ley 1/2021, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2021-21313#a6-2 Se añade por el .18 de la Ley 3/2010, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-10362
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-5-61