Título GRUPO 8›Capítulo T811
Art. 3
En vigor desde 1 ene 2013
El devengo se producirá en el momento de presentación de la solicitud o personación, debiendo efectuarse el ingreso con carácter previo a las mismas.
Se modifica por el .14 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1927
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-3-63