Capítulo CAPÍTULO XLVII
Art. 216
En vigor desde 1 ene 2015
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios del Registro administrativo de Sociedades Laborales de Aragón consistentes en las siguientes actividades:
1. Por expedición de certificaciones, a instancia de parte; por trámites administrativos que requieran informe, consulta o búsqueda en archivos administrativos.
2. Por copia de documentos que obran en poder del Registro.
3. Por trámites que motivan inscripción en el Registro administrativo:
– Calificación e inscripción como Sociedad Laboral.
– Mantenimiento de la calificación como Sociedad Laboral:
Modificación del carácter de las participaciones sociales.
Ampliaciones del capital social.
Cambio del domicilio.
– Autorización para superar los límites de horas/año trabajadas por contratados indefinidos.
– Descalificación como Sociedad Laboral.
– Cualquier otro exigido por la legislación aplicable.
Se añade por el de la Ley 14/2014, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-950
Tus anotaciones
ProBOA-d-2004-90019#art-216