Capítulo CAPÍTULO XLVI

Art. 215

En vigor desde 1 ene 2015
Están exentos del pago de la tasa las Administraciones públicas comprendidas en el ámbito del artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se añade por el de la Ley 14/2014, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-950

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BOA-d-2004-90019#art-215

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