Art. Preambulo
En vigor desde 30 oct 2002
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el siguiente Decreto Legislativo, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
La disposición final segunda de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 28 de diciembre de 2001), autoriza al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que elabore un texto refundido de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos.
La misma disposición final contiene la previsión de que la aprobación del citado texto refundido se realice incorporando las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos contenidas en la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, además de las incluidas en las leyes siguientes:
Ley 9/1998, de 22 de junio, por la que se establece una tasa por emisión de informe sobre el valor de bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o de transmisión.
Ley 26/1998, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Ley 24/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Ley 6/2000, de 19 de mayo, por la que se modifica el artículo 199 bis de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos, estableciendo, para personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, la exención del pago de tasa por derechos de examen para la selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.
Ley 17/2000, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2001.
Ley 18/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.
Ley 13/2001, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2002.
En cumplimiento de esta delegación se ha redactado el presente texto refundido, en el que, dando también cumplimiento a la previsión contenida en la ya citada disposición final segunda de la Ley 14/2001, de 26 de diciembre, se ha formulado un texto único que recopila, ordena y transcribe las disposiciones vigentes de las leyes citadas, recogiéndose, al mismo tiempo, el importe actualizado de las tarifas de las distintas tasas aplicables en el presente ejercicio 2002.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de octubre de 2002,
DISPONGO:
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Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#preambulo-preambulo