Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO LXXVI

Art. 385

Derogado
En vigor desde 1 abr 2003
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las Entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria que soliciten la autorización como transportista de residuos peligrosos. Se añade por la disposición final 1.4 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2003-10725 .

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eli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-385

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