Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO LXXVI
Art. 385
DerogadoEn vigor desde 1 abr 2003
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las Entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria que soliciten la autorización como transportista de residuos peligrosos.
Se añade por la disposición final 1.4 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2003-10725 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-385