Art. Disposición final segunda

En vigor desde 15 may 2000
El presente Decreto Legislativo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tus anotaciones

Pro

BOC-j-2000-90006#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil