Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Gobierno corporativo
Art. 48 bis
En vigor desde 9 abr 2015
La caja de ahorros deberá hacer público con carácter anual un informe de gobierno corporativo y un informe sobre remuneraciones, cuyo contenido mínimo será el establecido por la legislación básica del Estado. Ambos informes serán objeto de comunicación al Instituto Valenciano de Finanzas.
Se modifica por el art. único y anexo.38 de la Ley 4/2015, de 2 de abril. Ref. BOE-A-2015-4549
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ProDOGV-r-1997-90026#art-48-bis