Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional octava
En vigor desde 1 sept 1993
La movilidad por promoción de nivel así como la movilidad horizontal se aplicarán entre el Parlamento de Navarra y la Administración de la Comunidad Foral. A tal fin los funcionarios del Parlamento de Navarra podrán participar en los concursos de traslado y en las pruebas selectivas de ingreso en turno restringido que realice la Administración de la Comunidad Foral.
Tus anotaciones
ProBON-n-1993-90004#disposicion-adicional-octava