Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 21

En vigor desde 1 sept 1993
Las Administraciones Públicas de Navarra abrirán a todos sus funcionarios un expediente personal en el que harán constar sus circunstancias personales y cuantos actos administrativos se dicten en relación con los mismos.

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BON-n-1993-90004#art-21

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