Art. Preambulo

En vigor desde 17 abr 1945
Por Decreto de veintitrés de enero de mil novecientos cuarenta y cuatro se creó la Cruz de San Raimundo de Peñafort para premiar los relevantes méritos contraídos por cuantos intervienen en la Administración de Justicia y en el cultivo y aplicación del estudio del Derecho en todas sus ramas, así como los servicios prestados sin nota desfavorable en las actividades jurídicas dependientes del Ministerio de Justicia. En virtud de la autorización contenida en el artículo sexto del Decreto referido, se han ido dictando disposiciones que desarrollan y complementan las normas que se establecieron para la concesión de la condecoración mencionada; y con el fin de evitar la dificultad y confusión en las citas y conseguir la unificación de la disposición normativa, a propuesta del Ministerio de Justicia, Vengo en decretar lo siguiente:
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1945/03/02/(2)#preambulo-preambulo

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil