Art. Disposición transitoria

En vigor desde 15 jun 1969
En tanto entra en funcionamiento el Archivo General de la Administración Civil, queda facultada la Dirección General de Archivos y Bibliotecas para tomar cuantas medidas considere necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto.
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eli/es/d/1969/05/08/914#disposicion-transitoria

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