Secc. Depósitos y ratificaciones
Art. Número 26
En vigor desde 14 jul 2002
Número 26
Por cada diligencia de ratificación de documentos privados, de identificación de personalidad de los otorgantes o interesados, o de comparecencia de alguno de ellos ante el Registradora los fines previstos en la Ley Hipotecaria Naval o en otras disposiciones, se percibirán 0,601012 euros.
Se sustituye la conversión a euros de la cuantía contemplada por el art. 16 de la Instrucción de 22 de mayo de 2002. Ref. BOE-A-2002-12290 . Se convierte a euros la cuantía contemplada por el art. 16 de la Instrucción de 14 de diciembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-24394 .
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1973/03/29/757#numero-26