Libro REGLAMENTO ORGÁNICO DEL ESTATUTO DEL MINISTERIO FISCALTítulo TÍTULO VIII

Art. 175

En vigor desde 14 abr 1969
El Consejo Fiscal, por medio de su Presidente, podrá dirigirse a todos los Tribunales y Jueces de la jurisdicción ordinaria, a los de las jurisdicciones especiales, a todos los funcionarios fiscales y a las autoridades de otros órdenes para todo cuanto interese al cumplimiento de su misión.
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eli/es/d/1969/02/27/437#art-175

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