Libro REGLAMENTO GENERAL SOBRE PRODUCCION DE SEMILLAS Y PLANTAS DE VIVEROTítulo TÍTULO VICapítulo DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. Tercera

En vigor desde 12 feb 1973
Hasta la publicación de los Reglamentos Técnicos Específicos se aplicarán subsidiariamente y para cada especie las normas para producción y comercio de semillas y plantas de vivero en vigor a la publicación de la Ley 11/1971, de 30 de marzo.
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eli/es/d/1972/12/23/3767#tercera

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