Capítulo DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Art. DISPOSICIÓN DEROGATORIA
En vigor desde 17 ago 1976
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
– Orden de la Presidencia del Gobierno de 4 de abril de 1956 («Boletín Oficial del Estado» del 9) por la que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Pastas Alimenticias.
– Orden de la Presidencia del Gobierno de 30 de diciembre de 1958 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de enero de 1959) por la que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Pastas Alimenticias.
– Orden de la Presidencia del Gobierno de 20 de julio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» del 28) por la que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Pastas Alimenticias.
– Orden de la Presidencia del Gobierno de 10 de marzo de 1962 («Boletín Oficial del Estado» del 17) por la que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Pastas Alimenticias.
– Orden del Ministerio de Comercio de 20 de julio de 1967 («Boletín Oficial del Estado» del 1 de agosto) sobre envasado de pastas alimenticias, y
– Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo que en este Decreto se establece.
Se modifica por el del Real Decreto 1771/1976, de 2 de julio. Ref. BOE-A-1976-14453 .
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1975/09/12/2181#disposicion-derogatoria