Libro LIBRO III›Título TÍTULO I
Art. 52
En vigor desde 23 feb 1973
Los auxilios técnicos y económicos que se concedan en las zonas de actuación del Instituto se regirán por las normas específicas aplicables a cada zona y por las de carácter general establecidas en el Libro IV de la presente Ley.
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Proeli/es/d/1973/01/12/118#art-52