Libro LIBRO IIITítulo TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Bases de la concentración

Art. 189

En vigor desde 23 feb 1973
El Instituto está facultado para rectificar en todo caso el perímetro determinado en el Decreto de Concentración, al solo efecto de comprender o no dentro de aquél las fincas de la periferia cuya superficie se extienda fuera de la zona, notificándose, en tal supuesto, a los propietarios afectados.
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eli/es/d/1973/01/12/118#art-189

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