Art. 6
Jefe del pilar civil
Artículo 6
Jefe del pilar civil
1. El jefe del pilar civil asumirá la responsabilidad del pilar civil y ejercerá su mando y control a nivel operativo. El jefe del pilar civil será directamente responsable ante el comandante de la operación civil y actuará con arreglo a las instrucciones del comandante de la operación civil.
2. El jefe del pilar civil representará al pilar civil en su ámbito de responsabilidades.
3. El jefe del pilar civil ejercerá la responsabilidad administrativa y logística del pilar civil, que se extiende, entre otros, a la responsabilidad sobre los activos, los recursos y la información puestos a disposición del pilar civil. Bajo su responsabilidad general, el jefe del pilar civil podrá delegar en miembros del personal del pilar civil tareas relativas a la gestión del personal y a cuestiones financieras.
4. El jefe del pilar civil dará instrucciones para la ejecución eficaz de la EUSM Líbano en el teatro de operaciones y asumirá su coordinación y gestión diaria, siguiendo las instrucciones del comandante de la operación civil.
5. El jefe del pilar civil será responsable del control disciplinario del personal del pilar civil. En lo que respecta al personal en comisión de servicios, las facultades disciplinarias serán ejercidas por las autoridades nacionales del Estado de origen de conformidad con la normativa nacional, por la institución de la Unión correspondiente o por el SEAE, según corresponda.
6. Sin perjuicio de la cadena de mando, el jefe del pilar civil recibirá orientación política local del jefe de la delegación de la Unión en el Líbano.
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