Art. 15
Coherencia de la respuesta de la Unión y coordinación
Artículo 15
Coherencia de la respuesta de la Unión y coordinación
1. El Alto Representante garantizará la ejecución de la presente Decisión y su coherencia con la acción exterior de la Unión en su conjunto, incluidos los programas de desarrollo de la Unión y sus programas de ayuda humanitaria.
2. Sin perjuicio de la cadena de mando, el jefe del pilar civil y el jefe del pilar militar recibirán orientación política local del jefe de la delegación de la Unión en el Líbano.
3. La EUSM Líbano coordinará sus actividades con las actividades bilaterales de los Estados miembros en el ámbito de la seguridad y defensa en el Líbano, con las instituciones de la Unión, y con los organismos pertinentes de las Naciones Unidas y de la Unión, según proceda. Cuando corresponda, la EUSM Líbano se coordinará con terceros Estados afines. Asimismo, el pilar militar trabajará en estrecha coordinación con el Comité Técnico Militar para el Líbano cuando desempeñe su función de coordinación del apoyo internacional a las Fuerzas Armadas libanesas.
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