Art. 1

Artículo 1 Se acepta la solicitud de Polonia de 26 de mayo de 2026 de no aplicar el punto 7.4.2.1 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1695 a las doce nuevas locomotoras diésel que circularán por la línea n.o 65, con la condición de que se apliquen las medidas alternativas propuestas por Polonia.
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