Art. 2
Ámbito de aplicación
Artículo 2
Ámbito de aplicación
1. La presente Decisión se aplica al tratamiento de datos personales de las siguientes categorías de interesados:
a)
informantes;
b)
representantes legales y personal de las empresas investigadas;
c)
personas físicas cuyos datos personales figuren en los documentos u otros soportes recopilados en el ejercicio de las actividades de investigación, ejecución y supervisión, de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2560.
2. La presente Decisión se aplica al tratamiento de datos personales que pertenezcan a las siguientes categorías:
a)
datos de identificación;
b)
datos de contacto;
c)
otros datos relacionados con el asunto, incluidos los datos personales a que se refieren el artículo 10, apartado 1, y el artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/1725.
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